El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) rechazó este miércoles los recursos presentados por las aerolíneas Ryanair y Aer Lingus, y les ordenó devolver las ayudas recibidas ilegalmente por la aplicación en Irlanda entre 2009 y 2011 de un impuesto que favorecía a ciertas compañías.
La corte concluyó que las tarifas más bajas aplicadas a los vuelos cortos entre 2009 y 2011 fueros subsidios ilegales y confirmó que Irlanda debe recuperar el importe de 8 euros por pasajero de las compañías aéreas beneficiarias, según un comunicado de esa corte.
El litigio se remonta a 2009, año a partir del cual las compañías aéreas de Irlanda pagaban un impuesto especial sobre el transporte aéreo por cada salida de un pasajero que implicaba una tarifa de 2 euros para los vuelos a destinos situados a menos de 300 kilómetros del aeropuerto de Dublín, y de 10 euros para el resto.
En julio de 2009, Ryanair pidió a la Comisión que examinara si ese impuesto constituía una ayuda de Estado ilegal en favor de algunas compañías competidoras. Según Ryanair, estas compañías habían obtenido una ventaja económica debido a que operaban numerosos vuelos a destinos situados a menos de 300 kilómetros.
En julio de 2012 la CE consideró que la aplicación de una tarifa inferior a los vuelos de corta distancia constituía una ayuda de Estado incompatible con el mercado interior. Por ello, ordenó la recuperación de esa ayuda, y precisó que el importe a recuperar era de 8 euros, es decir, el correspondiente a la diferencia entre la tarifa reducida de dos euros y la tarifa estándar de 10 euros.
Aer Lingus y Ryanair, que estaban entre los beneficiarios de la ayuda, recurrieron por separado la decisión de la CE ante el Tribunal General de la UE.
Ese tribunal, en dos sentencias de febrero de 2015, anuló parcialmente la decisión de Bruselas, por considerar que la Comisión no había logrado demostrar que la ventaja de que habían disfrutado las compañías aéreas ascendiera en todos los casos a 8 euros por pasajero.
La Comisión interpuso un recurso ante el Tribunal de Justicia contra las sentencias del Tribunal General.
Ryanair y Aer Lingus sin recurso
En su sentencia de esta semana, los jueces europeos declaran que las compañías aéreas que se beneficiaron de la tarifa reducida disfrutaron de una ventaja competitiva de 8 euros respecto a las compañías que abonaron la tarifa estándar.
Así concluyen que la devolución de esta ventaja exigía, como indicaba la Comisión, que Irlanda recuperara el importe de 8 euros por pasajero por cada uno de los vuelos en cuestión.
Por otra parte, el tribunal opina que nada impedía que las empresas beneficiarias de los subsidios aumentaran en 8 euros el precio de sus billetes sujetos a la tarifa reducida, para obtener un beneficio económico equivalente a la diferencia entre la tarifa reducida y la tarifa estándar.
En contra de lo decidido por el Tribunal General, el Tribunal de Justicia considera que la Comisión no estaba obligada a examinar si las aerolíneas utilizaron la ventaja económica por la aplicación de la tarifa reducida ni en qué medida lo hicieron.
En ese contexto, considera que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al reprochar a la CE que hubiera fijado el importe de la ayuda que debía recuperarse en 8 euros por pasajero.
Por todo ello, el Tribunal de Justicia anula la parte de la sentencia del Tribunal General que incluía el error de Derecho y desestimó los recursos de Aer Lingus y Ryanair contra la decisión de la Comisión.