El Supremo anula multas de Competencia por 48 millones a Trasmediterránea

Un buque de la compañía Trasmediterránea.

El Alto Tribunal considera que las investigaciones de las autoridades eran demasiado genéricas y que los datos obtenidos con ellas no tienen valor, con lo que no hay suficientes pruebas para demostrar las infracciones.

La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado dos sanciones impuestas a Trasmediterránea por valor de 48,2 millones de euros, que le fueron impuestas a la naviera a raíz de dos resoluciones de Competencias, de noviembre de 2011 y febrero de 2012, por «infracciones muy graves» a la competencia y actuar concertadamente, como cárteles, con otras navieras en Ceuta y Baleares.

En dos sentencias, emitidas el pasado 1 de junio y dadas a conocer ahora, el TS admite sendos recursos de la naviera, que recurrió ambas resoluciones de Competencia. En 2103 y 2014, la Audiencia Nacional (AN) resolvió en primera instancia los recursos presentados por Trasmediterránea estimándolos en parte al resolver que habían existido las infracciones apreciadas por Competencia, pero ordenando a la Comisión que recalculara la sanción económica.

El Supremo anula las sentencias de la AN y entra a resolver los recursos de Trasmediterránea contra las resoluciones sancionadas, al entender que no hay pruebas suficientes de las infracciones. La decisión del TS es consecuencia de la anulación previa, acordada por el alto tribunal en febrero de este año, de la inspección desarrollada por Competencia en mayo de 2012 en las sedes de Trasmediterránea en Alcobendas (Madrid) y Palma de Mallorca.

«Insuficiencia probatoria»

El TS señaló que las órdenes de investigación fueron «demasiado genéricas y tenían un claro déficit sobre la información mínima indispensable al objeto y alcance de la investigación», tal y como exige la Ley de la Competencia.

El alto tribunal señala que los datos obtenidos en esas inspecciones «no tienen valor alguno» por haberse obtenido con «vulneración del derecho fundamental de la inviolabilidad del domicilio», por lo que se produce «insuficiencia probatoria» para dictar las resoluciones sancionadoras, que en parte relevante se basaron en dichos datos.

La llamada entonces Comisión Nacional de la Competencia (CNC) interpuso multas por valor 54 millones de euros a Trasmediterránea, Baleária, Isleña Marítima de Contenedores, Sercomisa y Mediterránea Pitiusa por participar en un cártel en las líneas de transporte marítimo de mercancías y pasajeros que unen la Península con Baleares.

En 2011 el consejo de la CNC sancionó a distintas navieras, entre las que se encontraba también Trasmediterránea, por su participación en acuerdos sobre reparto de mercado y fijación de precios, para las agencias en el transporte marítimo de pasajeros y vehículos en la línea Algeciras-Ceuta.

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