La Junta Única de Resolución (JUR), la institución dependiente del Banco Central Europeo (BCE) que tomó la decisión de resolver al Banco Popular, no firmó ningún documento de ausencia de conflicto de interés entre Banco Santander y Deloitte. Este hecho es muy importante para el devenir de las múltiples demandas, recursos y querellas presentadas por los afectados tanto en la jurisdicción europea como española ya que, de determinarse que existiera conflicto de interés entre Santander y Deloitte la operación debería quedar anulada de inmediato porque fue la auditora la encargada de realizar los informes independientes de valoración del Banco Popular que se utilizaron para la resolución de la entidad y su posterior venta a la entidad presidida por Ana Patricia Botín por un euro con la consiguiente ruina de más de 305.000 familias.
En un documento de la JUR al que ha tenido acceso Diario16, la institución reconoce que «no ostenta ningún documento» que certifique la ausencia de conflicto de interés entre Deloitte y Banco Santander cuando es muy posible que exista dicho conflicto dado que la multinacional fue la auditora del banco cántabro durante varias décadas y aún continúa realizando trabajos, informes y estudios de consultoría para la entidad presidida por Ana Patricia Botín, tal y como reconoció en sede parlamentaria Fernando Ruiz, presidente de Deloitte España.
Con esta confirmación por parte de la JUR se suma un nuevo motivo más para la anulación de la operación, ya sea por la Justicia europea, ya sea por la española. Recordemos que partimos de la base de que la propia declaración de inviabilidad genera dudas por la veracidad de la firma de Emilio Saracho, por más que él afirmase en el Congreso que era suya, algo que sólo podrá determinarse si el juez Andreu solicita la realización de un peritaje caligráfico. En segundo lugar, la venta por un euro al Santander se realizó fuera del plazo que el propio FROB había determinado en la comunicación realizada a las cinco entidades bancarias en las que les solicitaba ofertas por el Popular, un documento que se envió varios días antes de la resolución. En tercer lugar, el hecho de que la JUR se basara en un documento realizado en un tiempo muy inferior al necesario y sin la totalidad de los datos que Deloitte precisaba, tal y como reconoció la propia auditora, es causa suficiente como para anular la operación porque se adoptó una decisión que arruinó a más de 305.000 familias en base a un documento que no tenía los niveles de calidad y excelencia exigidos.
Hay otros muchos aspectos para declarar la nulidad de la operación que ya se han publicado en Diario16. Este es uno más. ¿Cuándo se dará cuenta la Justicia de quiénes son los verdaderos responsables y los perjudicados?