Incautado un Picasso perteneciente a Jaime Botín que iba a ser trasladado a Suiza pese a la prohibición de las autoridades españolas

Cabeza de mujer joven, de Picasso (1906)

El servicio aduanero francés ha interceptado este martes en Córcega un cuadro de Picasso valorado en 26 millones de euros cuyo propietario, el banquero español Jaime Botín, pretendía hacer llegar a Suiza a pesar de que tanto la Audiencia Nacional como el Ministerio de Cultura lo habían declarado “Bien de Interés Cultural” y había prohibido su salida de España.

Según ha informado la Dirección General de Aduanas e Impuestos Indirectos en un comunicado remitido a la agencia Europa Press, los agentes de aduanas franceses se incautaron el viernes pasado de la obra, titulada Cabeza de una mujer joven, a la espera de indicaciones de las autoridades españolas.

Los agentes de aduanas de la brigada de Calvi (Córcega) se interesaron por la situación del cuadro a raíz de «un intento de exportación a Suiza» desde la oficina de aduanas de Bastia, en esa misma isla francesa, según el comunicado. Así, el pasado 31 de julio abordaron el barco que transportaba la pintura, que en ese momento estaba atracado en el puerto deportivo de Calvi.

La Dirección General de Aduanas ha explicado que los agentes solicitaron la documentación del cuadro pero el capitán del barco solo pudo presentarles un documento de evaluación de la obra y una copia de la decisión de la Audiencia Nacional del pasado mes de mayo que «confirmaba que se trataba de un Bien de Interés Cultural que en ningún caso podía salir de España».

El tribunal avaló el 3 de mayo una orden dictada por el entonces ministro de Educación y Cultura, José Ignacio Wert, en diciembre de 2012 que declaraba la «inexportabilidad» de la obra por su elevado valor artístico.

Botín lo había intentado anteriormente

Botín había tratado de sacar el cuadro, perteneciente al llamado periodo de Gósol del pintor malagueño (1906), mediante una petición que presentó el 5 de diciembre de 2012 a la Secretaría de Estado de Cultura. En ella autorizaba a la casa de subastas británica Christie’s a realizar el traslado con destino a Londres.

Sin embargo, unos días después, la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español denegó el permiso argumentando que no existía «una obra semejante en territorio español» y que se trata de una de las pocas pinturas de una etapa en la que el autor «se ve claramente influenciado por la plástica del arte ibérico» y en la que su trabajo influyó «decisivamente, no sólo en el cubismo sino también en la evolución posterior de la pintura del siglo XX».

Este mismo organismo encargó a la conservadora jefe de Pintura y Dibujo del periodo 1881-1936 del Museo Reina Sofía un informe en cuyas conclusiones se destacaba la «excepcional importancia» de la pintura, adquirida por Botín en 1977 a la Marlborough Fine Art de Londres.

Con esta valoración, el director general de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas dictó una resolución el 19 de diciembre de 2012 en la que denegaba «el permiso de exportación definitiva» del cuadro y pedía a la Comunidad de Madrid que declarara la pintura como Bien de Interés Cultural (BIC).

Dos días después, Botín presentó un recurso en el que alegaba que el cuadro no era de su propiedad sino de una compañía denominada Euroshipping Charter Company Limited, que apuntó además que el barco no estaba en territorio español por encontrarse en un velero de pabellón británico atracado en el Real Club Náutico de Valencia. En la sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo confirma la prohibición de salida del cuadro.

En relación con la propiedad real del cuadro, la resolución apuntaba que los documentos aportados por Botín únicamente demostraban la «cesión» a la compañía de la obra pero no así su «propiedad», al tiempo que ponía en duda la versión del banquero, que alegó un supuesto error de la casa de subastas. Los magistrados descartaron esta posibilidad por la «profesionalidad» de Christie’s en «este tipo de actividades de exportación».

Sobre la ubicación del cuadro, la Sala señalaba que su localización en un buque ubicado «en un puerto español» en la fecha de solicitud de la exportación de la obra determinaba la competencias de las autoridades culturales españolas.

 

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