El sector del socialismo madrileño crítico con el aparato asegura que la modificación de los estatutos que pilotó Sara Hernández es nula e inválida. También critica la precipitación de los plazos, la opacidad a lo largo de todo el proceso y que no se atendieran dos quejas durante el cónclave regional del 31 de julio.
“No me van a callar”. Antonio Miguel Carmona inició ayer su anunciada ofensiva contra el aparato del PSOE, ocho días después de ser destituido como portavoz socialista en el Ayuntamiento de Madrid. Carmona, que desde el primer momento leyó su cese como un intento de la dirección regional de prescindir “del 45%” del partido, avaló la impugnación ante Ferraz del congreso extraordinario que la designó. Una veintena de delegados apoyados por el edil firmó el escrito, al que ha tenido acceso SABEMOS y cuyo contenido es un rosario de graves acusaciones al aparato del socialismo madrileño que capitanea Sara Hernández en plena sintonía con Pedro Sánchez. Según el sector crítico, el cónclave regional del 31 de julio estuvo plagado de irregularidades, con ocho momentos clave:
1. El programa del congreso se dio a conocer dos días antes de celebrarse. El recurso subraya la precipitación de los plazos -la propia convocatoria se hizo con apenas un mes de antelación- que ha marcado todo el proceso, aunque admite que lo extraordinario del mismo puede llegar a amparar legalmente tal proceder.
2. No se informó del contenido de la reforma estatutaria. Los reclamantes muestran especial indignación con este punto: ni en la convocatoria del congreso, ni cuando se informó del orden del día del mismo, ni siquiera en el momento de acreditarse personalmente como delegados pudieron estos saber qué artículos de los estatutos del partido pretendían cambiarse. Dicha información solo se facilitó en el momento de entrar al plenario para abordar la reforma, un hecho que “imposibilitaba no solo el debate y presentación de enmiendas (…) sino el conocimiento previo y con antelación suficiente para determinar el sentido del voto de la propuesta”.
3. Tres modificaciones distintas y una sola votación. Además de la opacidad, se denuncia que las tres reformas estatutarias -elección directa del secretario general, cambio del nombre de la federación y adelgazamiento del Comité Regional- se hicieran a la vez cuando “eran independientes entre sí y susceptibles de debate y votación por separado”.
4. Caso omiso a una queja de parte del plenario. Los críticos remarcan también que, cuando se distribuyó el documento de las modificaciones, presentaron un escrito solicitando que no se votara la relativa al Comité Regional “por considerar la necesidad de abrir un debate” al respecto, “al tratarse del máximo órgano de representación del PSOE-M entre congresos y sin estar justificada su modificación en un congreso extraordinario a tan solo ocho meses” del ordinario. Sin embargo, la mesa del congreso hizo caso omiso e inició la votación sin atender la demanda.
5. Votación irregular. El momento más polémico del cónclave se vivió cuando los delegados se manifestaron sobre las polémicas reformas estatutarias. En el recuento aparecieron más votos que personas acreditadas había, lo que llevó a alguno a hablar de “pucherazo” e hizo que se repitiera la votación. Finalmente los cambios salieron adelante con el apoyo del 53% de los presentes y de nuevo sin estimar -ni tan siquiera mencionar- el escrito de los críticos.
6. Una segunda queja es obviada. Tras el incidente, un grupo de delegados remitió “otro escrito de queja para dejar constancia de las posibles irregularidades” de la votación y cuyo resultado fue idéntico al del primero: “No se dio respuesta ni se hizo mención alguna en el plenario”.
7. La modificación relativa al Comité Regional “no es válida”. La reducción a 350 de los miembros que componen el principal órgano de la federación vulnera los estatutos, según el sector crítico, ya que deja en manos de la dirección la “propuesta de reforma del Comité que deberá ser ratificada por el propio Comité en su primera reunión”. Y no debe hacerse así porque este “es un órgano de control de la Ejecutiva y los criterios de composición del mismo no puede determinarlos el órgano controlado”.
8. La lista de miembros del Comité Regional elegida en el congreso “es nula”. Aunque se diera por buena la modificación descrita en el anterior punto, seguiría siendo inválida la elección de 49 miembros del órgano en cuestión aprobada en el cónclave. Y esto es así porque han de ser 70 y no 49 los elegidos en tal evento, tal y como recogen los estatutos en una parte del artículo 38 que no fue cambiada.