El sector del taxi sigue convulso en España. Desde que Uber apareció los taxistas han tenido los nervios a flor de piel. Y todo eso se traslada a las aplicaciones que gestionan pasajeros, y como no, a las licencias VTC, donde Cabify ha recibido un empujón del macrorregulador que le viene de cara.
Y es que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) requiere al Ministerio de Fomento que elimine las restricciones en materia de transporte de pasajeros mediante vehículos de alquiler con conductor. Concretamente, la CNMC ha enviado al Consejo de Ministros un requerimiento de anulación de varios artículos incorporados en el Real Decreto 1057/2015. Uno de los primeros puntos que marca competencia tiene que ver con los límites cuantitativos. El Real Decreto permite que la Administración Pública deniegue autorizaciones de VTC cuando, a su criterio, existe un desequilibrio entre la oferta y la demanda.
En realidad, y teniendo en cuenta que Cabify es la única empresa que tiene una masa crítica en el uso de esta licencia, parece un mensaje claro y directo. En este sentido, las licencias VTC son las que hacen que Cabify sea el equivalente español de Uber en Estados unidos y el principal atractivo para que la compañía estadounidense compre la plataforma española.
Además de estas limitaciones, el CNMC ve injustificado las medidas contra la contratación previa del servicio y prohibiciones de ejercicio. En este sentido, el Real Decreto establece la obligación de contratar previamente los servicios VTC, como el caso de Cabify, y prohíbe que circulen con pasajeros sin un contrato de arrendamiento, e impide que puedan ofrecer sus servicios circulando en las vías públicas en busca de clientes. De ahí que competencia crea que estas restricciones injustificadas impiden que los VTC puedan competir con los taxis en varios ámbitos del transporte urbano de pasajeros, en particular en el segmento de contratación directa en la calle.
También focalizan la situación en la compartimentación geográfica. Estiman que el Real Decreto determina que los VTC, y de nuevo todo apunta a Cabify, deberán ser utilizados habitualmente en el territorio de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre domiciliada la autorización, incorporando un límite máximo de servicios que podrán realizarse en un territorio español distinto al de la autorización.
Por ello, la CNMC estima que todas estas restricciones son contrarias a los principios de regulación económica eficiente establecidos en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, carecen de justificación económica, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional, y reducen el bienestar general. Estos impedimentos a la libre competencia son especialmente gravosos en el momento actual de innovación acelerada en el sector, que se vería frenada por la norma. Por lo tanto, deben ser eliminadas del marco normativo.