El sistema de contratación pública de infraestructuras español: a la cola del mundo

Según Transparency International, “el mercado de los contratos públicos es donde existen mayores tentaciones y ofrecen más oportunidades a la corrupción en los distintos ámbitos de actividades del sector público”. El gasto que suponen las corruptelas y los sobornos puede alcanzar hasta un 10% del total de la inversión.

Por este motivo, la repercusión que tiene la ineficiencia del sector de las concesiones y la adjudicaciones públicas es enorme, y atañe a una gran cantidad de empresas y trabajadores. Y no sólo al contribuyente.

Según el informe ‘La crisis del sistema de contratación pública de infraestructuras’ publicado por EY, la corrupción, la arbitrariedad política, la falta de transparencia y la inseguridad jurídica, son las causas de la decadencia del modelo español en materia de contratación pública.

En un corto periodo de tiempo, la obra pública ha menguado mucho su actividad, no sólo por la crisis económica que ha azotado los presupuestos del Estado, sino también por la endémica incapacidad de las administraciones españolas.

El descenso en el volumen de obra pública ha sido abismal. Ha pasado de unos 35.000 millones en 2007, a los algo más de 9.000 millones en 2015. Siendo el 41% del total destinado a infraestructuras de transporte.

El sistema de adjudicaciones español en tela de juicio

El informe de EY ha estudiado el proceso de contratación de obra pública, comparándolo con el sistema de adjudicaciones de doce países donde tiene sede la consultora, entre los que se encuentran Australia, Chile, Alemania, Portugal, Bélgica, (…).

Lo que no resulta demasiado sorprendente, es que, según la opinión de los expertos que participaron en el informe, España está a la cola en todas y cada una de las fases evaluadas del procedimiento de contratación.

Las 4 materias a examen son: en primer lugar, la planificación y transparencia de las obras; en segundo, las actuaciones preparatorias, publicación y presentación de las ofertas; en tercer lugar la adjudicación del contrato; y, por último, la ejecución, modificación y extinción del contrato.

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