El Banco de España prepara una normativa que obligará a la banca a hacer ‘futurología’

La nueva circular del Banco de España estará lista en 2016.

El supervisor financiero prepara una circular que revolucionará la forma en la que los bancos contabilizan los deterioros en sus balances: se acabará el aflorar las pérdidas solo cuando efectivamente se han producido; las entidades estiman que a partir de mediados de 2016 tendrán que contabilizar las pérdidas «esperadas».

Una revolución en el sistema financiero español a la hora de contabilizar sus pérdidas. El Banco de España (BdE) prepara desde el pasado mes de mayo una nueva circular en la que determinará el método de cálculo de las provisiones. A pesar de que los detalles de la nueva regulación aún están en fase de preparación (no se espera que esté lista hasta mediados de 2016), el supervisor ya ha apuntado las líneas generales de la misma: Las entidades españolas tendrán que hacer un ejercicio de estimaciones de cara al futuro para calcular las pérdidas por deterioro en sus balances y por lo tanto las dotaciones a efectuar para cubrirlas.

«Con la nueva normativa, las provisiones se calcularán en función de la pérdida esperada en las operaciones de crédito y no en función de la pérdida incurrida como hasta ahora», tal como señalan los analistas de Bankinter en un reciente informe para inversores. Con la nueva circular las provisiones de las entidades (es decir, el capital que se ha de reservar para cubrir deterioros en los balances) se calculará sobre previsiones de futuro.

Hasta ahora el método es conocido como el de «pérdida incurrida». Es decir, que no se contabiliza como tal (y por lo tanto no se provisiona) hasta que materialmente no se han cumplido unos calendarios: Un crédito, por ejemplo, no es considerado moroso hasta que no se acumulan tres meses consecutivos de impagos por parte del acreedor. Es lo que se conoce en el sector financiero como un «evento de incumplimiento», que con la nueva normativa que ultima el BdE ya no serán necesarios. El modelo aún vigente fue puesto en cuestión y «criticado porque significaba que durante el curso de un préstamo las pérdidas crediticias esperadas no se tuvieran suficientemente en cuenta. Esto condujo al G20 a pedir a los emisores de normas (IASB y FASB) que adoptasen un enfoque más hacia el futuro en el reconocimiento del deterioro de los créditos incobrables», explica en su blog el economista y auditor Ignacio Aguilar.

Con el nuevo sistema, consensuado a nivel internacional para que toda la información contable y financiera sea homogénea, «se calcularía atendiendo tanto a la información histórica, como a la presente, en la medida que esté disponible y, en lo que sea previsible, también a la futura», según explica la patronal bancaria española (AEB) en su Memoria del ejercicio pasado. ¿Cómo se aplicaría? No será complicado, según fuentes financieras consultadas por SABEMOS, ya que muchas entidades bancarias españolas (como el BBVA) ya utilizan desde hace años este criterio de las pérdidas esperadas para sus modelos internos de gestión del riesgo. Será por tanto una forma de acompasar su funcionamiento interno con las cuentas publicadas para el exterior, de forma que se solucionará una disonancia que había provocado no pocos problemas en el pasado con los inversores internacionales.

En cuanto a la clasificación en sí de los activos, las entidades deberán dividirlos según su situación entre «normales» y «deteriorados». La circular, aunque novedosa, es algo esperado en el sector, ya que el organismo internacional de información contable (el IASB) publicó en verano de 2014 las que serán las nuevas normas contables para entidades financieras (las IFRS 9), que deberán estar vigentes en todo el mundo para enero de 2018. Pero España quiere adelantar los tiempos al año que viene.

Un conflicto entre banqueros y contables

Esta nueva circular supone en parte una victoria por parte de los banqueros y el BdE en la particular batalla (profesional) que libran contra los contables. Un conflicto que se evidenció a raíz de la implantación de las llamadas provisiones anticíclicas o dinámicas de la banca española. Éstas no fueron sino un nuevo tipo de provisiones ideado por los equipos de supervisión del Banco de España mediante el cual se dotaban cantidades de capital en los tiempos de crecimiento en previsión de que en un futuro hubiera problemas. Aunque las privisiones dinámicas del BdE no son como las provisiones por pérdidas esperadas que se van a imponer en 2016, en cierta manera aquellas dotaciones anticíclicas se asemejan a la nueva regulación general, ya que entonces no se provisionaba ninguna pérdida concreta, sino una pérdida genérica.

El Banco de España, en tanto que supervisor de la solvencia del sistema financiero, avalaba la existencia de estas dotaciones que servían como un colchón para amortiguar posibles problemas futuros. El problema, según los contables, es que «las provisiones dinámicas de la banca española son incompatibles con las Normas Internacionales de Información Financiera [NIIF]», tal como denunció en un artículo del año 2012 la catedrática de Economía de la Universidad de Valencia y experta mundial en contabilidad, Araceli Mora. «El modelo de deterioro de activos financieros (provisiones) de la Normativa Internacional de Contabilidad (NIC 39) es un modelo denominado de pérdidas incurridas. Las pérdidas esperadas como resultados de hechos futuros no se reconocen independientemente de lo alta que pueda ser la probabilidad de que puedan llegar a producirse«, explicó esta académica.

¿Qué quiere esto decir? ¿En qué se traducen estas discrepancias entre supervisores financieros y contables? Pues nada más y nada menos en que las cuentas que año a año han venido publicando los bancos españoles no se ajustarían según los críticos a la norma internacional, de obligado cumplimiento para España. Es algo que argumenta entre otros el economista Guillermo Fuentes, autor de la tesina El paso de Basilea II a Basilea III en la regulacuión financiera europea, aplicación al caso Bankia. En la medida que las normas internacionales de contabilidad eran iguales en todos los países, pero el Banco de España tenía un criterio propio a la hora de contabilizar las pérdidas (obligando a reconocer algunas esperadas y no solo las incurridas, como decía la norma) los inversores habrían dispuesto de información contable de los bancos españoles calculada con criterios sensiblemente distintos a los de la comunidad internacional.

Un conflicto que llegó al caso Bankia

Mora, toda una referencia internacional en contabilidad (fue entre otros cargos miembro del Grupo Asesor Europeo de Información Financiera), trasladó la polémica sobre el uso de las provisiones y las pérdidas al caso Bankia. Y es que durante unos meses (tras la salida a Bolsa y hasta mayo de 2012) fue consejera independiente de la entidad. Actualmente sigue imputada, si bien en numerosos alegatos presentados ante el juez Fernando Andreu ha aludido a lo que considera incongruencias del sistema que ha seguido España para aflorar las pérdidas de sus bancos y cajas.

En el caso de Bankia, por ejemplo, una parte muy sustancial de las pérdidas cubiertas tendrían su origen en este criterio subjetivo de pérdidas esperadas, y no de las incurridas, como en teoría dictaba la regulación vigente. La diferencia es sustancial, ya que las primeras se basan en una estimación (probable o no) de que las pérdidas efectivamente se producirán; las otras se basan en pérdidas ya consumadas en base a criterios objetivos. Ambos sistemas en condiciones de normalidad deberían arrojar resultados similares, si no idénticos. El problema llega en momentos de turbulencias o revoluciones en el sector financiero, ya que las expectativas de los inversores sobre el futuro (por ejemplo, que el FMI prevea que España vaya a entrar en recesión el próximo trimestre) sí que pesan a la hora de calcular las pérdidas esperadas, pero en teoría no tienen ninguna incidencia en las pérdidas (provisiones) incurridas.

También ha investigado sobre este caso concreto la también profesora de Contabilidad Begoña Giner (Universidad de Valencia). En un informe titulado Instituciones e intereses en conflicto ante la regulación contable internacional: el caso del sector financiero español, esta académica concluye directamente que durante los años en los que la normativa internacional de contabilidad no era de obligado cumplimiento se adoptaron prácticas como las provisiones que no se ajustaban a dicha regulación. Se impone, en su opinión, «dejar de lado las tradicionales prácticas que pueden haber funcionado en otros momentos en los que las NIIF no eran de obligado cumplimiento».

En España parece claro (el cambio de circular apunta a esa dirección) que se ha estado aplicando un modelo híbrido entre ambas metodologías, algo que es completamente incompatible a juicio de los contables. Sea o no así, lo cierto es que tanto la normativa internacional (el IASB) como el Banco de España asumen que el método a partir de ahora será el de las pérdidas estimadas: es el que mejor reflejará, esperan, la verdadera situación de los balances del sector financiero en todo momento.

FOTO: PHOTOLUISCMG en FLICKR

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