El recurso presentado este miércoles por la Abogacía del Estado insta al Tribunal Constitucional a advertir expresamente al Gobierno de Cataluña y los miembros de la Mesa del Parlamento catalán de que podrán ser suspendidos de funciones y perseguidos por un delito de desobediencia si no acatan la suspensión de la vigencia de la declaración independentista.
La advertencia, según recoge el diario El Mundo, se extiende a un total de 21 altos cargos, entre ellos Artur Mas y Carme Forcadell.
«Solicitar al Tribunal Constitucional que se notifique personalmente la providencia de suspensión que se dicte, a la Sra. Presidenta del Parlamento de Cataluña, y Presidenta de la Mesa del Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell, y al Presidente en funciones de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas y Gavarró, y en su caso a la persona que para el desempeño del cargo de Presidente de la Generalitat resulte nombrado como consecuencia del acto de investidura por el Parlamento catalán recién constituido», indica el recurso, que añade la lista de miembros del Gobierno a los que también se deberá notificar la suspensión.
El recurso solicita igualmente que en dicha notificación se imponga a la presidenta del Parlamento, a los miembros de la Mesa y al Secretario General del Parlamento «la prohibición expresa de admitir a trámite, ya sea para su toma en consideración, ya para su debate o votación, iniciativa alguna de carácter legislativo o de cualquier otra índole, que directa o indirectamente pretenda dar cumplimiento a la Resolución suspendida».
También pide que se prohíba al presidente de la Generalitat y su Gobierno «promover iniciativa legislativa o de dictar norma de rango reglamentario o de realizar cualquier otra actuación con la misma finalidad». El escrito concluye pidiendo que esa notificación se haga «bajo apercibimiento expreso» de que podrían ser suspendidos de sus funciones y perseguidos penalmente «en caso de incumplimiento».
La abogada general del Estado, Marta Silva de Lapuerta, ha presentado eñ recurso pocos minutos después de las 12.00 horas de este miércoles. A las puertas del tribunal de garantías, Silva ha señalado que la impugnación contiene una petición expresa al TC para que «se notifique personalmente» la resolución a Carme Forcadell Artur Mas; al secretario general de la cámara, Pere Sol i Ordis, y a los miembros del Consejo de Gobierno y para que se les aperciba de que «pueden incurrir en un delito de desobediencia y ser suspendidos en sus funciones en el caso de que no cumplan la suspensión si esta es decretada», según informa la agencia Europa Press.
La impugnación de la declaración independentista, que fue impulsada por Junts pel Sí y la CUP, fue acordada esta misma mañana por el Consejo de Ministros reunido en sesión extraordinaria tras obtener el aval del Consejo de Estado, cuyo informe declara la existencia de «fundamentos jurídicos suficientes» para el recurso. A juicio del Consejo de Estado, y en consonancia con los argumentos de la propuesta presentada por el Gobierno a este órgano consultivo, la resolución del Parlamento Catalán implica la vulneración evidente del núcleo esencial de la Constitución española» y «su declarada insumisión a las instituciones del Estado», por lo que vulnera varios artículos de la Constitución.
Pleno del Constitucional
En principio podría pensarse que, de reunirse esta misma tarde, el Pleno del TC debería ser breve porque los once magistrados no deberán discutir sobre el fondo del recurso, sino simplemente valorar si el escrito cumple con los requisitos formales para ser admitido a trámite.
No obstante, el debate puede alargarse debido a que es previsible que el Gobierno solicite al tribunal de garantías la inclusión en la providencia de determinadas medidas de advertencia y bloqueo de cualquier acto dirigido a poner en marcha las medidas secesionistas. La adopción o no de dichas medidas y los términos en los que se acuerden podría generar debate en el seno del tribunal de garantías.
En todo caso, y al tratarse de un recurso del Gobierno, la suspensión de la declaración por al menos cinco meses vendrá obligada por la mera admisión del escrito, en cumplimiento del artículo 161.2 de la Constitución.