La decisión de no renovar la planta de Garoña ha reabierto el debate sobre el futuro de las nucleares en España. Desde Gas Natural denuncian que los impuestos sobre la producción energética poco tienen que ver con la protección del medio ambiente y mucho más con el afán recaudatorio del Estado. Las previsiones apuntan a que estos tributos terminarán por ser devueltos como el polémico “céntimo sanitario”.
La sostenibilidad energética es muy rentable para el Estado español, o al menos esto denuncian desde el ámbito legal y empresarial en vista del escaso reflejo que tiene la recaudación de estos impuestos en la protección del medio ambiente.
“La mayoría de estos impuestos no son en absoluto medioambientales. No solamente hay que ponerlo bonito, sino que hay que demostrarlo, vinculando el dinero con las partidas presupuestarias encargadas de la protección en este ámbito. Esto en la Ley no se da, porque una parte va a las Comunidades Autónomas, otra parte al déficit de tarifa…”, señalaba Baltasar Gómez, jefe de Planificación Fiscal de Gas Natural, durante su intervención durante la segunda jornada del ciclo sobre fiscalidad de la energía en el Instituto de Ingenieros.
Así, los agentes sociales cuestionan la verdadera finalidad de estos tributos, que “tanto trabajo han dado a las empresas”, añadían desde la eléctrica. La normativa sobre tributación ambiental depende de la Ley 15/2012, que recoge una serie de medidas tanto administrativas como penales y civiles. Sin embargo, lejos de desincentivar aquellas actividades más peligrosas o sancionar las externalidades negativas, desde Hacienda meten todo dentro del mismo saco.
“Existen impuestos como el de la producción que no distingue entre las formas de producción de electricidad, sea cual sea su impacto ambiental. Además, se eximen a determinados almacenamientos de residuos radiactivos como los de actividad médica. El mejor impuesto ambiental sería el que recaudara cero, porque significaría que no se realizan prácticas perjudiciales. Si a Hacienda esto le suena raro, es que el impuesto a lo mejor no es tan ambiental”, explicaba Carlos de Miguel, socio del bufete Uría Menéndez.
“No tiene sentido que paguen lo mismo el carbón el gas natural, la nuclear o la eólica. La regulación no tiene ni pies ni cabeza”, puntualizaba Baltasar Gómez.
De hecho, desde el ámbito corporativo todos opinan que el Gobierno acabará devolviendo estos tributos, especialmente el citado impuesto sobre la producción -que graba un 7% sobre los ingresos de las centrales de energía-, al detectar un caso claro de doble imposición.
“El Gobierno con esta Ley, y concretamente con el impuesto sobre la producción, se ha metido en otro ‘céntimo sanitario’, y vamos a acabar en la devolución. Los servicios de inspección de Hacienda están intentando que el tributo devenga firme y no sea posible la devolución, así que en cuanto pagamos iniciamos la petición de devolución”, señalaban desde Gas Natural.
“Este impuesto cobra sobre los ingresos, produzcas o no. Una central parada, al cobrar incentivos a la inversión, también tendría que pagar. Además, ya existe un impuesto sobre la electricidad que paga el consumidor y esto vulnera la directiva europea sobre doble imposición. Creemos que puede llegar a buen puerto en los tribunales”, añadían desde la eléctrica.
En concreto, los impuestos sobre los residuos nucleares, el combustible nuclear gastado y su almacenamiento son bastante “arbitrarios”, en palabras del letrado De Miguel, al señalar que no persigue la finalidad de “armonizar el sistema fiscal con la sostenibilidad”, recogida en el preámbulo de la Ley, al incluirse dentro de un Plan general de residuos radioactivos “con un alto grado de incertidumbre”.
“Los impuestos nucleares se han regulado mediante pagos fraccionados con una finalidad muy clara; que el Estado tenga ingresos constantes y no picos”, explicaba Baltasar Gómez al respecto.
El fin de las duplicidades
Las Comunidades Autónomas conservan ciertas competencias para regular en materia de tributación ambiental. Sin embargo, son numerosos los casos en los que el hecho imponible en el caso autonómico coincide con el estatal, es decir se dobla la imposición.
Un ejemplo fue el impuesto sobre residuos nucleares que se aplicó en Andalucía hasta 2014, que finalmente fue eliminado al existir uno muy similar en la Ley 15/2012. O el impuesto sobre la producción termonuclear de energía eléctrica y por residuos radioactivos de Castilla La-Mancha, que fueron declarados inconstitucionales al coincidir con la Ley de Actividades Económicas del Gobierno central.
“Pueden haber impuestos medioambientales, pero bien hechos. Lo que no deberíamos aguantar es una hemorragia legislativa como la que se produce sistemáticamente, la creencia de que el sector energético es poco menos que la vaca a la que se puede ordeñar siempre”, denunciaba el representante de Gas Natural.
Todavía hoy existen casos de duplicidades autonómicas que siguen abiertos e incluso pendientes de la decisión en los tribunales. En Cataluña existe un impuesto que grava la producción en kilos de combustible nuclear, algo que también recauda el Estado, por lo que el tributo está en proceso de recurso.
En Valencia existe también un impuesto similar al de Castilla La-Mancha. “Son copias, una comunidad empieza y otras van siguiendo a ver si hay suerte”, explicaba al respecto.
“El sector energético es muy goloso, somos los ricos de la película. Se dice que ganamos un montón de dinero, que tenemos filiales en paraísos fiscales, y las Comunidades Autónomas son especialmente beligerantes, se llevan la palma”, sentenciaba Baltasar Gómez.