Raquel Gago, absuelta del delito de asesinato de Isabel Carrasco

Durante el juicio

El fallo choca contra el veredicto del jurado popular, que consideró a la agente de Policía Local culpable del asesinato de la exdirigente del Partido Popular de León. La acusación se queda en un delito de encubrimiento y otro de tenencia ilícita de armas.

Sorpresa en la Audiencia Provincial de León al conocerse la sentencia sobre el asesinato de la expresidenta de la Diputación de León y presidenta del PP leonés, Isabel Carrasco. La Audiencia Provincial de León ha decidido absolver del delito de asesinato a Raquel Gago, la agente de Policía Municipal que también estaba acusada junto a Montserrat González y Triana Martínez. La decisión de la Audiencia contrasta con el veredicto del Jurado Popular, que determinaba que la agente era también culpable de asesinato.

En la sentencia, publicada este jueves, el juez mantiene otros dos delitos sobre Raquel Gago que suman un total de cinco años de prisión, de los que ya ha cumplido ocho meses. “Debo condenar y condeno a la acusada como autora de un delito de encubrimiento, previsto y penado en el artículo 451 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres años de prisión, con abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena”. Igualmente se condena a la agente “como autora de un delito agravado de tenencia ilícita de armas, previsto y penado en el artículo 564.1.1º y 2.1ª del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de dos años de prisión, con abono del tiempo que ha pasado en situación de prisión provisional, y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena”.

La sentencia mantiene la condena por el asesinato de Isabel Carrasco a Montserrat y Triana, madre e hija. A Montserrat se le impone la pena de 19 años de prisión como autora de un delito de asesinato más otros tres años por delito agravado de tenencia ilícita de armas.

Para Triana, las penas ascienden a 17 años y seis meses como cooperadora necesaria en el delito de asesinato, así como otros dos años y medio por delito agravado de tenencia ilícita de armas, lo que suma un total de 20 años de cárcel.

La principal novedad ha estado en la absolución de Raquel Gago de asesinato ya que el tribunal sólo estima un delito de encubrimiento y tenencia ilícita de armas. Sin embargo, no la considera culpable del asesinato como sí consideró el jurado popular; la pena global ascendía a 15 años de prisión. En la actualidad, Raquel Gago goza de libertad bajo fianza a la espera de la resolución de los diferentes recursos que ha presentado su defensa ante el Tribunal de Justicia de Castilla y León y el Supremo.

El fallo añade que las tres acusadas deben asumir el pago de las costas procesales causadas, «incluídas las de las acusaciones particulares, no así las de la acusación popular, por terceras partes entre ellas».

Montserrat y Triana deben abonar 75.000 euros a,Loreto Rodríguez Carrasco, hija de la víctima, «y en otros 75.000 euros Jesús Luis López-Brea Fernández», pareja de la fallecida.

De igual forma, acuerda mantener a Montserrat Triana «en la situación personal de prisión provisional comunicada y sin fianza, por lo que se deniega la petición de libertad provisional para la misma».

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