Airbnb y Homeaway se lanzan a una batalla legal contra Ada Colau

La guerra judicial en torno a la economía colaborativa ve cómo se abre un nuevo frente. Los gigantes del alquiler vacacional se revuelven contra la intención de Barcelona de imponerles multas de hasta 600.000 euros por los pisos ilegales que publicitan.

Otro frente en la gran batalla legal entre los que quieren avivar el boom del alquiler vacacional y los que quieren acotarlo para evitar algunos de sus efectos nocivos. Los gigantes del alquiler online Airbnb y Homeaway se disponen a plantar cara en los tribunales al plan de choque del Ayuntamiento de Barcelona contra los pisos turísticos ilegales.

En pleno debate sobre la saturación de la ciudad por el aluvión de turistas, el Ayuntamiento barcelonés, comandado por Ada Colau, ha declarado la guerra al alquiler ilegal. El consistorio ha ordenado ya el cierre de 256 apartamentos turísticos que no contaban con la licencia preceptiva y ha impuesto multas de 60.000 euros para Airbnb y Homeaway por anunciar en sus plataformas esas viviendas ilegales.

Unas sanciones, además, que pueden acabar ascendiendo hasta los 600.000 euros –las más altas que permite la nueva ley municipal- para cada compañía si reinciden en anunciar pisos sin la licencia requerida para realizar alquileres a turistas.

Tanto Airbnb como Homeaway pretenden presentar sendos recursos por la vía contencioso administrativa contra los procedimientos de sanción emprendidos por el Gobierno municipal. Las dos compañías comparten argumentario y subrayan que la actuación del Ayuntamiento regentado por Colau es contraria a la legislación comunitaria, ya que estaría responsabilizando a las plataformas online de las presuntas infracciones cometidas por terceros, esto es, por los dueños de los pisos.

Según Airbnb y Homeaway, son los propietarios de las viviendas los que deben responsabilizarse de contar con la licencia municipal preceptiva para alquilar los pisos legalmente, y no las plataformas online en las que se anuncian. Pero el Ayuntamiento barcelonés reclama la colaboración de los portales para acabar con el alquiler irregular, y sin esa colaboración –que pasaría por no publicitar pisos sin licencia- las empresas se enfrentan a las sanciones previstas en la normativa.

Los tribunales dan alas al boom

Hasta ahora, los tribunales españoles vienen dando alas al negocio de las plataformas online de alquiler turístico frente las regulaciones que buscar ponerles freno. Las sentencias echando para atrás las leyes que ponen trabas a la economía colaborativa o anulando sanciones a los que la ejercen se suceden en los últimos meses.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido hasta tres sentencias en que declara la nulidad del artículo del decreto de alquiler de viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid en el que se establecía la obligación de que las estancias sean superiores a cinco días.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha dado al traste con el principal escollo legislativo con el que el Gobierno madrileño pretendía embridar el boom de Airbnb y sus rivales, como Homeaway o Wimdu. El tribunal considera que la fijación de un mínimo de 5 noches de alquiler es contraria a la normativa española y de la UE por “crear un obstáculo a la competencia efectiva” al impedir el libre acceso al mercado de clientes y de nuevos competidores.

El TSJM subraya en ese trío de sentencias que el establecimiento de esa limitación temporal de cinco días como mínimo “resulta contrario a la normativa comunitaria y estatal, y constituye una restricción injustificada y un obstáculo al mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado entre los operadores turísticos en materia de alojamiento”.

Esto es, que ese mínimo de cinco días sólo beneficiaba a los hoteleros. La estancia media de los turistas en Madrid apenas supera los tres días, por lo que la obligación de que el alquiler de viviendas superara los cinco días suponía una “prohibición encubierta” del alquiler turístico e impedía así competir con los alojamientos hoteleros.

Otros rapapolvos judiciales se han sucedido en los últimos meses, al anular la clausura de viviendas turísticas decretadas por los Ayuntamientos de Valencia y de Barcelona. En el caso de Valencia, el tribunal estima el recurso de un gestor de cinco viviendas cerradas por el consistorio al considerar que no le puede dar a los pisos turísticos el mismo trato que a un hotel ni exigirles declaración ambiental. Y en el caso de Barcelona, el juez reabre las viviendas clausuradas por el Ayuntamiento por las denuncias de conductas incívicas por parte de los huéspedes, y subraya que la existencia de pisos turísticos en una comunidad de vecinos ni es ilegal ni contraria a la convivencia normal.

 

IMAGEN: Efe.

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